Conoce las novedades sobre el alquiler temporal y de habitaciones en Cataluña
El Gobierno de Cataluña aprobó este miércoles, 24 de abril, un nuevo Decreto Ley por el que regula los alquileres temporales y los de habitaciones, modalidades que habían quedado fuera del alcance del recién implantado índice de precios de referencia de alquiler. Mañana entrará en vigor, tras su publicación hoy en el DOGC, aunque posteriormente tendrá que ser convalidado por el Parlament. En el blog de Forcadell te explicamos qué novedades introduce.
¿Qué novedades se incorporan en la regulación del alquiler de temporada y el de habitaciones?
El nuevo decreto ley aprobado este miércoles regula los arrendamientos temporales y el alquiler de habitaciones en zonas declaradas de mercado residencial tensado.
En concreto, acota los usos para los que un alquiler puede considerarse como contrato de temporada. Así, esta modalidad queda limitada en Cataluña para usos de ocio, vacaciones y recreativos. Es decir, se consideraría un contrato de alquiler temporal cuando haya un motivo de estancia para la asistencia a un congreso o a un festival, por ejemplo.
A diferencia de como ocurría hasta ahora, el contrato de alquiler de temporada no estará justificado cuando se trate de motivos laborales, de estudios o por razones de salud, aunque la duración sea corta. Al considerarse ahora permanentes, estos usos estarán limitados con los topes del precio de alquiler correspondiente.
El nuevo decreto ley también establece que en los contratos de alquiler deba constar el uso que se hará de la vivienda. Además, a partir de ahora es obligado incluir en los anuncios, ofertas y contratos el precio de referencia del alquiler según los índices oficiales, la renta del último contrato vigente en los últimos cinco años y la condición de gran tenedor del propietario, si tal es el caso.
Cuando se trate de alquilar habitaciones, el decreto establece que la suma delas rentas de las habitaciones no podrá ser superior al tope del alquiler del piso. Con esta normativa también se ha fijado un régimen sancionador para quien la incumpla.
Estas medidas anunciadas por el gobierno se incorporarán a la ley catalana de la vivienda, pero superan la ley española y, por tanto, se podría presentar recurso al Tribunal Constitucional. Mañana entrará en vigor, tras su publicación hoy en el DOGC, aunque posteriormente tendrá que ser convalidado por el Parlament.
Actualización: el Decreto ley dejará de estar vigente, ya que la normativa no ha sido convalidada finalmente por el Parlament.
¿Cómo funciona el Índice de precios de referencia de alquiler?
En las zonas declaradas de mercado residencial tensado, el Índice de precios de referencia de alquiler afecta a los nuevos contratos de pisos que no hayan sido de alquiler en los últimos 5 años y los que sean propiedad de grandes tenedores.
El Índice facilita para la vivienda un rango de precios de alquiler, según sus características y estado. El rango varía en función de estos atributos: cuantos más servicios y mejor estado de conservación, mayor será el precio dentro del rango. Los propietarios de las viviendas pueden establecer el precio de alquiler sólo dentro de ese margen. Lee más sobre el Índice en este post del blog de Forcadell.
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